La Comisión tendrá un comisionado ejecutivo, bajo la dependencia directa del presidente de la República
El presidente Luis Abinader creó la Comisión Ejecutiva para la implementación de los planes, estrategias y políticas de transformación y profesionalización de la Policía Nacional.
En el decreto 2-22, explica que su objetivo fundamental será poner en ejecución el diseño concebido por el grupo de trabajo para la transformación y profesionalización de la Policía, creado por el decreto núm. 211-21, del 6 de abril de 2021, del Poder Ejecutivo.
Esta comisión coordinará, con carácter ejecutivo, las instancias públicas y los departamentos administrativos que hayan de intervenir para ejecutar la transformación y profesionalización de la Policía Nacional.
Indica que la Comisión Ejecutiva tendrá un comisionado ejecutivo, bajo la dependencia directa del presidente de la República y a estará integrada por Abinader, quien la presidirá; el ministro de Interior y Policía, Jesús (Chú) Vásquez Martínez, quien fungirá como vicepresidente de la misma; el ministro de la Presidencia, Lisandro Macarrulla; el comisionado ejecutivo y dos miembros designados para tales fines por el presidente de la República.
Atribuciones del comisionado:
El comisionado ejecutivo para la reforma de la Policía Nacional tendrá, entre otras, las siguientes atribuciones:
a) Dirigir e implementar todos los planes y acciones de la reforma y profesionalización de la Policía Nacional.
b) Conformar y dirigir los equipos técnicos y de asesoría que sean necesarios para lograr los objetivos planteados respecto a la reforma de la Policía Nacional.
c) Presentar al Fideicomiso para la transformación y profesionalización de la Policía Nacional los planes, proyectos e iniciativas necesarios para llevar a cabo dicha reforma y que necesiten financiamiento.
d) Presentar al presidente de la República informes trimestrales de las ejecuciones realizadas en cada trimestre del año y cada vez que le sea requerido.
e) Validar para su aprobación ante el Comité Técnico del fideicomiso todos los planes, proyectos, gestiones e iniciativas que pudieran nacer del Fideicomiso para lograr la transformación y profesionalización de la Policía Nacional.
f) Redactar y proponer el reglamento de funcionamiento de la Comisión Ejecutiva, para la aprobación y promulgación por el presidente.
g) Cualquier otra facultad que le sea delegada expresamente por el presidente de la República.
Las actuaciones de la Comisión Ejecutiva, así como las del comisionado ejecutivo para la reforma de la Policía Nacional, en ningún caso podrán colidir con las disposiciones de la Ley núm. 590-16, Orgánica de la Policía Nacional.
Tomado de Diario Libre