La Ley de Seguridad Social 87-01 no contempla pagos de diferencias por servicios médicos en una atención de emergencia en una clínica u hospital.
Así lo indicó la abogada Maribel Oleaga, quien, en conversación con Diario Libre, señaló que, cuando un paciente es atendido en esta área hospitalaria no debe pagar diferencias.
«Los servicios de emergencia, prevención y promoción no tienen copago», declaró la jurista, antigua encargada de Orientación y Defensoría de la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA).
«No se debe, legalmente, lo dice el catálogo de prestaciones», insistió la experta.
Oleaga explicó que, «la ley de Seguridad Social dice en el artículo 129 que el Seguro Familiar de Salud (SFS) deberá contar con un Plan Básico de Salud, que no es más que el catálogo de servicios médicos al que tenemos derecho todos».
Ese catálogo de prestaciones actuales se llama Plan de Servicios de Salud, que tiene 13 grupos de servicios. Esos grupos incluyen: prevención y promoción de la salud, consultas médicas, hospitalización, emergencia, maternidad, medios diagnósticos, enfermedades de alto costo, cobertura integral de trasplante renal y medicamentos ambulatorios.
«Cada grupo de servicios tiene una forma distinta de cobertura y de pagos de diferencia», resaltó.
La abogada detalló que «dentro del catálogo hay ciertos servicios que no tienen copago, como los ya citados servicios de emergencia y los que corresponden al grupo 1, que es de prevención y promoción, los llamados P&P; en esos dos grupos tú no pagas ninguna clase de diferencia. Los demás grupos tienen diferencias que pagar».
En el caso de las enfermedades de alto costo, como el cáncer, nada más debería pagarse un salario mínimo nacional por recibir los servicios. Actualmente, el salario mínimo nacional es de 19,352.50 pesos.
«Lo más que voy a pagar por un servicio relacionado a alto costo es ese salario mínimo nacional», ratificó como lo establecido por ley, aunque en la práctica, en muchas ocasiones, no se corresponda.
Si al paciente le cobran una suma superior, la jurista afirmó que «es ilegal, en ese servicio».
Sociedades Médicas negocian tarifas
Oleaga entiende que a la hora de analizar las diferencias que cobran los médicos en consultas, el tema se torna «más profundo».
«Las Sociedades Médicas y el Colegio Médico Dominicano han estado sumergidos con las autoridades de Salud, con la presidencia de la República, negociando sus tarifas y, por acuerdos realizados con el Gobierno y a través del Ministerio de Salud Pública y el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), han logrado ir aumentando un poco el pago que realizan las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) a los médicos, para que al final, esto se traduzca en evitar que se les cobre a los afiliados sumas que afectan el bolsillo de la población dominicana», indicó.
La experta en Seguridad Social puso el ejemplo de los neurocirujanos, quienes al ser «tan pocos y requieren de tanta especialidad médica, tienen una tarifa más alta», llegando a cobrar hasta 4,000 pesos de diferencia por cada consulta.
Asimismo, mencionó cuando en un mismo centro médico, si hay dos ginecólogos, «uno te puede cobrar 1,000 y el otro 1,500».
Al preguntarle a qué se debe esa discrepancia en los cobros, Oleaga contestó que «nuestra Constitución establece la libertad de empresa y en nuestro país se respetan las libertades».
Comité de Salarios Profesionales
Como posible solución, la abogada planteó el correcto funcionamiento del Comité Nacional de Honorarios Profesionales.
«El artículo 173 de la Ley 87-01 estableció el Comité Nacional de Salarios Médicos y ese organismo nunca ha estado en funcionamiento», afirmó.
Oleaga destacó que entre las responsabilidades de este órgano está el «servir de referente y ente negociador para fijar tarifas en beneficio del bolsillo de la población dominicana».
El 22 de marzo de 2023, este comité sesionó por primera vez en 15 años y en ese encuentro se discutió el cronograma de trabajo para definir los honorarios profesionales de los doctores, los cuales serían aprobados por el CNSS.
La última información al respecto se manejó en julio de 2023, cuando el presidente del Colegio Dominicano de Cirujanos, Leonardo Brito, declaró que la postura del Comité Nacional de Honorarios Profesionales había sido la de indicar que «no está en condiciones de mejorar las tarifas actuales de los médicos».
«Todavía las autoridades relacionadas al sector Salud no han establecido claramente ni se ha puesto en funcionamiento ese comité y, por tanto, de marea personal, no podría decir que hay una ilegalidad porque si no se ha puesto en ejecución el instrumento que da la ley para poder mejorar esa realidad nacional, pues va a ser difícil regular en ese sentido», agregó la jurista.
Modelo privatizado
Otro aspecto que Oleaga tocó es la estructura del modelo de Salud en República Dominicana.
«Estamos acostumbrados a un modelo privatizado, un modelo de medicina más enfocado hacia la especialización que, mientras no se cambie, seguirá causando gastos excesivos en salud», sostuvo.
La especialista pidió que se enfatice el rol de la medicina familiar y que la población reciba Atención Primaria.
«Si te duele la cabeza, normalmente te vas al neurólogo en vez de tener un médico de cabecera, un médico general, que construya tu historia médica, que sepa de qué sufres y pueda irte refiriendo a los especialistas en caso de que realmente lo necesites», dijo.
«El médico está cobrando por la realidad que tenemos. El médico es un especialista que obviamente tiene que cobrar por sus servicios, pero no hay una estructura que le regule en la realidad el costo de su ejercicio profesional», concluyó.